Hoy la Agencia Tributaria ha publicado el listado con cerca de 5.000 deudores con la Hacienda Pública. En total, son 4.855 deudores. He
entrado por curiosidad profesional, ya que forma parte de materias de
transparencia que considero que es positivo que la Administración haga
pública.
Me he descargado el PDF pensando que sería
interesante comprobar si los futuros clientes constan en él para poder
descartar alguna empresa indeseable por riesgo de impago. Pero
enseguida he comprendido que este listado lo han debido hacer público
sólo por morbo, ya que no tiene utilidad práctica: es un PDF protegido,
por lo que ni se puede tratar como datos ni se puede hacer una búsqueda.
Todo lo que algunas Administraciones nos dicen del Gobierno Abierto, del
Open Data y de la Transparencia, no tiene una aplicación práctica más
allá de encargar unos portales de la transparencia donde agrupar ciertos
datos. Pero en el día a día, ya vemos que estos criterios
de publicar documentos con datos abiertos, que se puedan reaprovechar,
que sean útiles para la ciudadanía, no forman parte de los criterios de
funcionamiento. Lo lamento. ¿Qué problema habría por publicar un formato reaprovechable o buscable? Todavía
tienen el ADN de la Administración cerrada, de quien tiene la
información tiene el poder, y de mejor poner las cosas difíciles para
evitar que la gente malvada por naturaleza, pueda hacer un uso impropio
de los datos.
Publicación del listado de deudores a la Hacienda Pública (art. 95 bis LGT)
En
cumplimiento de lo establecido en el art. 95 bis de la Ley General
Tributaria y la Orden HAP/2216/2015, se publica el listado comprensivo
de los deudores a la Hacienda Pública por deudas y sanciones pendientes
de pago, que superan el importe de 1.000.000€ y no se encuentran
suspendidas ni aplazadas, obrantes en el Sistema de Información de la
AEAT a fecha de referencia 31 de julio de 2015.
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