El próximo 25 de mayo entra en vigor el nuevo Reglamento general de protección de datos (RGPD). Todos lo estamos percibiendo con los correos que recibimos para validar la voluntad de seguir recibiendo boletines diversos.
Se trata de una norma europea directamente aplicable, que no requiere
normas internas de transposición ni tampoco, en la mayoría de los casos,
normas de desarrollo o de aplicación. Esta
circunstancia tiene una consecuencia relevante: el RGPD no es un marco
legal típicamente de tradición romana sino anglosajona. Es
decir, no incluye una relación precisa de qué hacer y qué no hacer,
sino que se basa en unos principios a aplicar con sentido común y
responsabilidad.
Suena bien, me gusta. Pero percibo un riesgo importante. ¿Qué pasa cuando un modelo como éste se aplica en un estado con una tradición opuesta? La respuesta es que es cuestión de adaptarse todos, los usuarios activos y pasivos y los que imparten justicia. Cierto, pero me gustaría hacer notar que existe un riesgo más relevante.
Este reglamento puede facilitar que las autoridades puedan purgar
personas jurídicas o físicas contra las que haya un interés de Estado. Estamos
viviendo estos últimos meses con la evidècia que el estado de derecho
español ha mostrado grietas fundamentales cuando se ha facilitado
impunemente que todas las instituciones del estado, incluidos los
tribunales, se hayan alineado con una voluntad política, forzando hasta
límites impensables los marcos legales previstos, o directamente
saltándoles.
El RGPD puede permitir una aplicación local que permita hundir en la
miseria un autónomo que haya cometido algún error minúsculo en el
tratamiento de los datos de una newsletter. Puede pasar, si es del interés político de los que señalan y tiran a matar. Ya ha pasado con la anterior ley respecto a las multas enormes en Òmnium Cultural y en la Assemblea Nacional Catalana. Y
muchas otras empresas y autónomos sabemos lo que es estar en la diana
de los que disparan con intencionalidad de purga política.
Máxima prudencia, pues, en el cumplimiento del nuevo reglamento y mejor
no creerse que un modelo anglosajón basado en principios, en el sentido
común y en la responsabilidad se aplicará en España bajo criterios de
sentido común y responsabilidad.
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